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29 jul 2010

Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud de las Illes Balears

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 70
Antesb) Contra los actos del director general o del órgano de dirección del Servicio de Salud puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo General, excepto los actos dictados en materia de responsabilidad patrimonial y de personal estatutario, los cuales agotan la vía administrativa.
Ahorab) Contra los actos del director general o del órgano de dirección del Servicio de Salud de las Illes Balears puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo General, excepto los actos dictados en materia de contratos del sector público, de responsabilidad patrimonial y de personal estatutario, los cuales agotan la vía administrativa.