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23 dic 2010

Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Qué ha cambiado (1 artículo)

ANEXO
EliminadoTARIFA PRIMERA.
AntesAdquisición, defensa y mantenimiento de derechos.
AhoraTARIFA PRIMERA. Adquisición, defensa y mantenimiento de derechos.
Eliminadoa. De una marca o nombre comercial. Por la primera clase solicitada: 154,38 euros. Por la segunda clase y cada una de las sucesivas: 100,00 euros.
Antesb. De una marca de garantía o colectiva. Por la primera clase solicitada: 308,72 euros. Por la segunda clase y cada una las sucesivas: 200,00 euros.
Ahoraa. De una marca o nombre comercial. Por la primera clase solicitada: 138,94 euros. Por la segunda clase y cada una de las sucesivas: 90,00 euros.
Párrafo añadido
b. De una marca de garantía o colectiva. Por la primera clase solicitada: 277,85 euros. Por la segunda clase y cada una las sucesivas: 180,00 euros.
Eliminado1.2 Tasa de división. Por cada solicitud o registro divisional resultante: 58,68 euros.
Antes1.3 Tasa de restablecimiento de derechos: 102,26.
Ahora1.2 Tasa de división. Por cada solicitud o registro divisional resultante: 52,81 euros.
Párrafo añadido
1.3 Tasa de restablecimiento de derechos: 102,26 euros.
Antes1.5 Por cada prioridad extranjera o de exposición reivindicada: 21,20.
Ahora1.5 Por cada prioridad extranjera o de exposición reivindicada: 19,08 euros.
Antes1.7 Oposiciones: Por formulación de oposición: 42,00.
Ahora1.7 Oposiciones: Por formulación de oposición: 42,00 euros.
Eliminadoa. De una marca o nombre comercial. Por la primera clase renovada: 178,73 euros. Por la segunda clase renovada y cada una de las sucesivas: 120 euros.
Eliminadob. De una marca de garantía o colectiva. Por la primera clase renovada: 359 euros. Por la segunda clase renovada y cada una de las sucesivas: 240 euros.
Eliminado1.9 Demoras: por demoras en los pagos de las tasas de renovación y quinquenios sucesivos (régimen transitorio), los recargos serán del 25 %, dentro de los tres primeros meses, y del 50 %, dentro de los tres siguientes, hasta el máximo de seis meses de demora.
Antes1.10 Recursos y revisión de actos administrativos: por la presentación de un recurso o solicitud de revisión: 95 euros.
Ahoraa. De una marca o nombre comercial. Por la primera clase renovada: 160,86 euros. Por la segunda clase renovada y cada una de las sucesivas: 108,00 euros.
Párrafo añadido
b. De una marca de garantía o colectiva. Por la primera clase renovada: 323,10 euros. Por la segunda clase renovada y cada una de las sucesivas: 216,00 euros.
Párrafo añadido
1.9 Demoras: por demoras en los pagos de las tasas de renovación y quinquenios sucesivos (régimen transitorio), los recargos serán del 25%, dentro de los tres primeros meses, y del 50%, dentro de los tres siguientes, hasta el máximo de seis meses de demora.
Párrafo añadido
1.10 Recursos y revisión de actos administrativos: por la presentación de un recurso o solicitud de revisión: 85,50 euros.
Párrafo añadido
Cuando la presentación del recurso se efectúe por medios telemáticos: reducción de un 15% sobre el importe de la tasa.
EliminadoTARIFA SEGUNDA.
AntesInscripción de cesión de derechos y otras modificaciones.
AhoraTARIFA SEGUNDA. Inscripción de cesión de derechos y otras modificaciones.
EliminadoTARIFA TERCERA.
AntesOtros servicios.
AhoraTARIFA TERCERA. Otros servicios.
EliminadoTARIFA CUARTA.
AntesPublicaciones.
AhoraTARIFA CUARTA. Publicaciones.