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27 dic 2010
Ley 17/2006, de 11 de diciembre, de control ambiental integrado
Ley · En vigor · Ley 17/2006, de 11 de diciembre, de control ambiental integrado
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición transitoria primera▾
Eliminado3. En el plazo de los cuatro años siguientes a la entrada en vigor de la presente Ley los servicios ambientales comprobarán que todas las instalaciones o actividades que carezcan del acta de conformidad ambiental y para las que las Administraciones locales hayan expedido licencia de apertura o funcionamiento, disponen de las condiciones necesarias para garantizar la protección de las personas, sus bienes y el ambiente y satisfacen los valores límites de emisión y las medidas preventivas, de control o de garantía, que sean procedentes conforme a lo previsto en el artículo 32 de esta Ley. Una vez comprobada la efectividad de estas medidas, se expedirá la correspondiente acta de conformidad ambiental.
EliminadoTranscurridos cuatro años desde la entrada en vigor de la presente Ley no podrán seguir en funcionamiento las instalaciones o actividades anteriormente citadas que no hayan obtenido el acta de conformidad ambiental.