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31 dic 2010

Ley 4/1994, de 26 de julio, de Salud de la Región de Murcia

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 18
Eliminadoe) Un representante de las asociaciones de consumidores y usuarios más representativas en el ámbito territorial.
Antesf) Un representante de las corporaciones profesionales sanitarias.
Ahorae) Dos representantes de las asociaciones de consumidores y usuarios más representativas en el ámbito territorial.
Párrafo añadido
f) Un representante de los colegios profesionales del área sociosanitaria.
Párrafo añadido
g) Un representante de las asociaciones de vecinos.
Párrafo añadido
h) Un representante de las entidades de enfermos crónicos.
Párrafo añadido
i) Un representante de las asociaciones de voluntariado.
Párrafo añadido
j) Un representante de las sociedades científicas.