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18 abr 2011

Orden EHA/3408/2009, de 17 de diciembre, por la que se crean sedes electrónicas en el Ministerio de Economía y Hacienda

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 3
Antesb) La dirección electrónica de referencia de la sede será https://sedemeh.gob.es.
Ahorac) La dirección electrónica de referencia de la sede será https://sedemeh.gob.es.
Antesa) Subsede de los Tribunales Económico-Administrativos, a la que se podrá acceder directamente a través de las direcciones http://www.tribunaleseconomicoadministrativos.gob.es http://www.teac.gob.es y http://www.tea.gob.es. El ámbito de esta subsede será el correspondiente a las competencias del centro directivo Tribunal Económico Administrativo Central y a los órganos y Tribunales dependientes del mismo.
Ahoraa) Subsede de los Tribunales Económico-Administrativos, a la que se podrá acceder directamente a través de las direcciones http://www.tribunaleseconomicoadministrativos.gob.es, http://www.teac.gob.es y http://www.tea.gob.es. El ámbito de esta subsede será el correspondiente a las competencias del centro directivo Tribunal Económico Administrativo Central y a los órganos y Tribunales dependientes del mismo.
EliminadoLas restantes características de estas dos subsedes serán las establecidas para la sede de la que derivan.
AntesEn su caso, existirán además las subsedes que se determinen en los convenios de colaboración a que hace referencia el segundo párrafo del apartado 1.a) del presente artículo.
Ahorac) Subsede del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, a la que se podrá acceder directamente a través de la dirección http://tribunalcontratos.gob.es. El ámbito de esta subsede será el correspondiente a las competencias de dicho Tribunal.
Párrafo añadido
d) Subsede de la Intervención General de la Administración del Estado, a la que se podrá acceder directamente a través de la dirección http://www.sedeigae.gob.es. El ámbito de esta subsede será el correspondiente a las competencias de dicho órgano.
Párrafo añadido
Las restantes características de estas subsedes serán las establecidas para la sede de la que derivan.
Párrafo añadido
En su caso, existirán además las subsedes que se determinen en los Convenios de colaboración a que hace referencia el segundo párrafo del apartado 1.a) del presente artículo.