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4 jun 2011

Real Decreto 2855/1979, de 21 de diciembre, por el que se crean Oficinas Presupuestarias

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo segundo
EliminadoIgualmente, en cada Ministerio se constituirá una Comisión Presupuestaria, bajo la presidencia del Subsecretario del Departamento, en la que estarán representados los Centros directivos, Organismos autónomos y cualesquiera otras unidades que se consideren necesarias.
EliminadoEl Jefe de la Oficina Presupuestaria desempeñará las funciones de Secretario de la Comisión.
AntesCorresponde a esta Comisión elevar al Ministro las propuestas que procedan respecto a la aprobación del anteproyecto de presupuesto, la formulación de criterios de prioridad, la revisión de programas existentes y el seguimiento de su ejecución.
Ahora**(Derogado)**