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4 jun 2011
Real Decreto 118/2001, de 9 de febrero, de ordenación de publicaciones oficiales
Real Decreto · En vigor · Real Decreto 118/2001, de 9 de febrero, de ordenación de publicaciones oficiales
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 6▾
EliminadoEn los Departamentos ministeriales existirá una Comisión Asesora de Publicaciones, presidida por el Subsecretario o, por su delegación, por el Secretario general técnico.
EliminadoEn la Comisión estarán representados, a nivel de Subdirector general, todos los órganos superiores, las Direcciones Generales y los organismos y entidades con actividad editorial del Ministerio.
AntesTambién formarán parte de la misma un representante de la Oficina Presupuestaria del Departamento y el Subdirector general responsable del centro de publicaciones, que actuará como Secretario.
Ahora**(Derogado)**
Artículo 7▾
EliminadoCorresponderá a la Comisión Asesora de Publicaciones:
Eliminadoa) Informar las propuestas de edición que deban integrar el programa editorial del Departamento, para su remisión a la Junta de Coordinación de Publicaciones Oficiales.
Eliminadob) Orientar las actividades editoras y difusoras del Departamento, prestando asesoramiento en todos los asuntos relacionados con aquéllas.
Eliminadoc) Asesorar a la Secretaría General Técnica en materia de publicaciones.
Antesd) Informar la Memoria anual de publicaciones del Departamento.
Ahora**(Derogado)**