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29 jul 2011
Ley 19/2010, de 7 de junio, de regulación del impuesto sobre sucesiones y donaciones
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 29▾
Párrafo añadido
3. La aplicación de las reducciones de este artículo queda condicionada al hecho de que, por razón de la primera adquisición por causa de muerte o la anterior, se haya producido una tributación efectiva en concepto del impuesto sobre sucesiones y donaciones, y se entiende sin perjuicio de las reducciones que procedan. En cualquier caso, se admite la subrogación de bienes o derechos siempre y cuando se acredite de modo fehaciente.