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12 ago 2011
Instrumento de Ratificación de Tratado de Extradición entre el Reino de España y la República del Perú, hecho en Madrid el 28 de junio de 1989
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 24▾
Antes5. La autoridad competente de la Parte requerida podrá acordar la libertad del detenido adoptando las medidas pertinentes para evitar la fuga. En todo caso, se decretará la libertad si en el plazo de sesenta días de calendario desde la detención, no se hubiese recibido la solicitud de extradición.
Ahora5. La autoridad competente de la Parte requerida podrá acordar la libertad del detenido adoptando las medidas pertinentes para evitar la fuga. En todo caso, se decretará la libertad si en el plazo de ochenta días de calendario desde la detención, no se hubiese recibido la solicitud de extradición.