Saltar al contenido
← Volver
28 dic 2011

Ley 4/2005, de 1 de junio, de funcionamiento y régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 65
Antes4. Los procedimientos de responsabilidad patrimonial de la Comunidad Autónoma de La Rioja se tramitarán de acuerdo con la normativa básica estatal en la materia, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la propia organización.
Ahora4. Los procedimientos de responsabilidad patrimonial de la Comunidad Autónoma de La Rioja se tramitarán de acuerdo con la normativa básica estatal en la materia, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la propia organización. La cuantía fijada para que los dictámenes del Consejo Consultivo de La Rioja resulten preceptivos será la que fije el Estado con carácter general en dicha normativa básica.