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28 dic 2011

Ley 3/2011, de 23 de marzo, de comercio de la Comunitat Valenciana

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición adicional primera
Eliminado1. La elaboración del Plan de Acción Territorial Sectorial del Comercio de la Comunitat Valenciana corresponderá a la conselleria competente en materia de comercio, en colaboración con la conselleria competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo, debiéndose consultar al Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio Industria y Navegación de la Comunitat Valenciana. Elaborado el plan, se remitirá al Consell para su aprobación.
Antes2. El Plan de Acción Territorial Sectorial del Comercio de la Comunitat Valenciana, que se tramitará conforme a lo dispuesto en los artículos 56 a 60 de la Ley 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, deberá aprobarse en el plazo máximo de dos años a partir de la publicación de la presente ley.
AhoraEl Plan de Acción Territorial Sectorial del Comercio de la Comunitat Valenciana, a que se refiere el artículo 31 de la presente ley, se tramitará conforme a lo dispuesto en los artículos 56 a 60 de la Ley 4/2004 de, 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, y corresponderá su elaboración a la Conselleria competente en materia de comercio con la colaboración de la Conselleria competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo, y de las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación a través de su Consejo, debiéndose aprobar por el Consell en el plazo máximo de 2 años a contar desde el 1 de enero de 2012.