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30 dic 2011

Ley 12/2009, de 10 de julio, de Educación

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición transitoria octava
AntesEl Gobierno, en el plazo de dos años a partir de la entrada en vigor de la presente ley, debe aprobar los estatutos del Instituto Superior de las Artes y debe publicar la relación circunstanciada de los centros superiores que se adscriben inicialmente al mismo, con las características, si procede, de cada adscripción.
AhoraEl Gobierno debe aprobar, antes de la finalización del plazo de desarrollo de la presente ley, los estatutos del Instituto Superior de las Artes y debe publicar la relación circunstanciada de los centros superiores que se adscriben inicialmente, con las características, si procede, de cada adscripción.