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24 ene 2012
Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Salud "Carlos III"
Qué ha cambiado (3 artículos)
Artículo 1▾
Antes1. El Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) es un organismo público de investigación con carácter de organismo autónomo, de los previstos en el artículo 43.1.a) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación a través de la Secretaría de Estado de Investigación, cuya misión es desarrollar y ofrecer servicios científico-tecnológicos de la más alta calidad dirigidos al Sistema Nacional de Salud y al conjunto de la sociedad.
Ahora1. El Instituto de Salud Carlos III es un organismo público de investigación con carácter de organismo autónomo, de los previstos en el artículo 43.1.a) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, cuya misión es desarrollar y ofrecer servicios científico-tecnológicos de la más alta calidad dirigidos al Sistema Nacional de Salud y al conjunto de la sociedad, adscrito orgánicamente al Ministerio de Economía y Competitividad, a través de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, y funcionalmente a los Ministerios de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y de Economía y Competitividad, en la esfera de sus respectivas competencias.
Artículo 7▾
Eliminadoa) Presidente: el titular del Ministerio de Ciencia e Innovación.
Antesb) Vicepresidente primero: el titular de la Secretaría de Estado de Investigación.
Ahoraa) Presidente: el titular de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.
Párrafo añadido
b) Vicepresidente primero: el titular de la Secretaría General de Sanidad y Consumo.
Eliminado1.º Tres vocales con categoría de Director General, uno en representación del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, uno en representación del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y uno en representación del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, designados por los titulares de dichos departamentos ministeriales.
Eliminado2.º Tres vocales con categoría de Director General en representación del Ministerio de Ciencia e Innovación, uno de los cuales será el titular de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, y los otros dos serán designados por el titular de dicho departamento.
Eliminado3.º Tres vocales con categoría de Director General en representación del Ministerio de Sanidad y Política Social, designados por el titular de dicho departamento.
Eliminado4.º Un vocal con categoría de Director General en representación del Ministerio de Educación, designado por el titular de dicho departamento.
Eliminado5.º Cuatro vocales en representación de las Comunidades Autónomas, dos de los cuales serán elegidos de entre sus miembros por el Consejo General de la Ciencia y la Tecnología, y otros dos por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Su renovación se efectuará cada dos años.
EliminadoLos vocales del Consejo Rector podrán delegar su representación y su voto en otras personas al servicio de las Administraciones públicas y Ministerios a los que representen, o de los organismos a éstos adscritos.
Antese) Secretaría: un funcionario del Instituto de Salud Carlos III, con rango de subdirector general, designado por el Director del organismo.
Ahora1.º Tres vocales con categoría de director general, uno en representación del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, uno en representación del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, y uno en representación del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, designados por los titulares de dichos departamentos ministeriales.
Párrafo añadido
2.º Tres vocales con categoría de director general en representación del Ministerio de Economía y Competitividad, designados por el titular de dicho departamento.
Párrafo añadido
3.º Tres vocales con categoría de director general en representación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, designados por el titular de dicho departamento.
Párrafo añadido
4.º Un vocal con categoría de director general en representación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, designado por el titular de dicho departamento.
Artículo 10▾
AntesEl Director del Instituto de Salud Carlos III, con rango de Director general, es nombrado y separado mediante real decreto acordado en Consejo de Ministros, a propuesta del titular del Ministerio de Ciencia e Innovación.
AhoraEl Director del Instituto de Salud Carlos III, con rango de director general, es nombrado y separado mediante real decreto acordado en Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de conformidad con el Ministerio de Economía y Competitividad.