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6 mar 2012
Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de modificación parcial de la Tesorería General de la Seguridad Social
Qué ha cambiado (9 artículos)
Artículo 1▾
Antesa) El reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria.
Ahoraa) El reconocimiento y control de la condición de persona asegurada y beneficiaria, ya sea como titular, familiar o asimilado, a efectos de su cobertura sanitaria.
Artículo 5▾
Antes3. A la Dirección General del Instituto se adscribirá orgánicamente la Intervención Central, sin perjuicio de la dependencia funcional de ésta respecto de la Intervención General de la Seguridad Social y de la Intervención General de la Administración del Estado.
Ahora3. A la Dirección General del Instituto se adscribe la Intervención Delegada en los Servicios Centrales del Instituto Nacional de la Seguridad Social, sin perjuicio de su dependencia de la Intervención General de la Administración del Estado a través de la Intervención General de la Seguridad Social.
Antesd) Subdirección General de Gestión Económica y Presupuestaria.
Ahorad) Subdirección General de Gestión Económico-Presupuestaria y Estudios Económicos.
Eliminadof) Subdirección General de Estudios Económicos.
Eliminadog) Subdirección General de Gestión de Incapacidad Temporal y otras Prestaciones a Corto Plazo.
Antesh) Subdirección General de Coordinación de Unidades Médicas.
Ahoraf) Subdirección General de Gestión de Incapacidad Temporal y otras Prestaciones a Corto Plazo.
Párrafo añadido
g) Subdirección General de Coordinación de Unidades Médicas.
Artículo 6▾
Eliminado1. El estudio y propuesta de la planificación estratégica de la entidad y de los elementos organizativos de sus servicios, en coordinación con las subdirecciones generales.
Eliminado2. La planificación, dirección, ejecución y evaluación de las actividades de control e inspección de los servicios, así como de la gestión de la calidad de éstos.
Eliminado3. La gestión de los servicios generales de los servicios centrales de la entidad y su funcionamiento, incluyendo el registro y archivo generales, así como el diseño gráfico del modelaje y la gestión de la imprenta.
Eliminado4. Las relaciones externas, así como la información y la asistencia técnica a los miembros del Consejo General.
Eliminado5. La coordinación de las subdirecciones generales.
Eliminado6. La coordinación y gestión de las comunicaciones generales a los beneficiarios y ciudadanos, en el ámbito de las prestaciones económicas gestionadas por el Instituto.
Eliminado7. El establecimiento y seguimiento de nuevos servicios de comunicación, en especial los relacionados con el uso de las nuevas tecnologías.
Eliminado8. La planificación e implantación de actividades relacionadas con la comunicación e información de carácter interno en la organización.
Eliminado9. La programación, ordenación y control de la red de Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) e instalaciones.
Antes10. En general, llevar a cabo las actuaciones en orden al establecimiento y mejora de los sistemas de información general en el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Ahora1. El estudio y propuesta de la planificación estratégica de la entidad y de los elementos organizativos de sus servicios, en coordinación con las Subdirecciones Generales.
Párrafo añadido
La comunicación institucional y relaciones externas, así como la asistencia técnica a los miembros del Consejo General.
Párrafo añadido
3. La información y comunicación con los ciudadanos.
Párrafo añadido
4. La programación, ordenación y control de la red de Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) e instalaciones.
Párrafo añadido
5. La promoción e implantación de procesos de mejora continua en la entidad.
Párrafo añadido
6. La contratación administrativa, incluida la elaboración y ejecución del Plan de Inversiones.
Párrafo añadido
7. La planificación, dirección, ejecución y evaluación de las actividades de control e inspección de los servicios, así como de la gestión de la calidad de éstos.
Párrafo añadido
8. La coordinación de las Subdirecciones Generales.
Artículo 7▾
Antes2. La colaboración con el departamento en la elaboración de las disposiciones de la seguridad social y en la formulación de los criterios interpretativos, así como el registro y control de legalidad de las disposiciones de carácter interno.
Ahora2. La colaboración con el departamento en la elaboración de las disposiciones de la Seguridad Social, y en la formulación de los criterios interpretativos así como el registro y control de legalidad de las disposiciones de carácter interno.
Párrafo añadido
6. La gestión y control del Fondo Documental.
Artículo 8▾
Eliminado1. La planificación en materia de recursos humanos de la entidad.
Eliminado2. La ejecución de la política de personal de la entidad y la gestión ordinaria de ésta, así como, en general, todas las funciones inherentes a la administración del personal que competen a la entidad, y la relación con los órganos de representación sindical.
Antes3. La planificación, desarrollo y evaluación de las políticas de formación.
Ahora1. La planificación, desarrollo y evaluación de las políticas de formación.
Párrafo añadido
2. La planificación en materia de recursos humanos de la entidad.
Párrafo añadido
3. La ejecución de la política de personal de la entidad y la gestión ordinaria de ésta, así como, en general, todas las funciones inherentes a la administración del personal que competen a la entidad, y la relación con los órganos de representación sindical.
Párrafo añadido
7. La gestión de los servicios generales de los servicios centrales de la entidad y su funcionamiento, incluyendo el registro y archivo generales, así como el diseño gráfico del modelaje y la gestión de la imprenta.
Artículo 9▸
AntesArtículo 9. Subdirección General de Gestión Económica y Presupuestaria.
AhoraArtículo 9. Subdirección General de Gestión Económico- Presupuestaria y Estudios Económicos.
Eliminado1. Formular, en términos de objetivos y programas de gasto, los planes de actuación de la entidad.
Eliminado2. Preparar y confeccionar el anteproyecto de presupuestos, tramitar los expedientes de modificaciones presupuestarias y controlar la ejecución de sus centros de gestión.
Eliminado3. El seguimiento, análisis y evaluación de los programas, objetivos, indicadores presupuestarios y créditos presupuestarios.
Eliminado4. La elaboración de las propuestas de gastos de los servicios centrales de la entidad y otras de ámbito provincial, de gestión centralizada.
Eliminado5. La ordenación y tramitación de la contratación administrativa, inversiones, obras y gestión financiera.
Antes6. La preparación de la documentación de su competencia con destino al Tribunal de Cuentas y demás órganos superiores de control económico-presupuestario.
Ahora1. Preparar y confeccionar el anteproyecto de presupuestos, tramitar los expedientes de modificaciones presupuestarias y controlar la ejecución de sus centros de gestión.
Párrafo añadido
2. El seguimiento, análisis y evaluación de los programas, objetivos, indicadores presupuestarios y créditos presupuestarios.
Párrafo añadido
3. La elaboración de las propuestas de gastos de los Servicios Centrales de la entidad y otras de ámbito provincial, de gestión centralizada.
Párrafo añadido
4. La preparación de la documentación de su competencia con destino al Tribunal de Cuentas y demás órganos superiores de control económico presupuestario.
Párrafo añadido
5. La gestión económica y financiera de la entidad.
Párrafo añadido
6. La realización de estudios económicos en materias propias de la entidad, así como de los análisis e informes económico-financieros, estadísticos y actuariales.
Párrafo añadido
7. El seguimiento y análisis de la evolución de las prestaciones económicas gestionadas por la entidad.
Párrafo añadido
8. La elaboración de memorias sobre la incidencia económica de proyectos normativos.
Artículo 10▸
AntesArtículo 10. Subdirección General de Gestión de Prestaciones.
AhoraArtículo 10. Subdirección General de Gestión de Prestaciones
Eliminadoa) La ordenación administrativa de la gestión de las prestaciones económicas, excepto las previstas en el artículo 10 bis.
Eliminadob) El diseño, la implantación y el seguimiento de los procesos de trabajo aplicados al reconocimiento, suspensión y extinción del derecho a las prestaciones del sistema de la Seguridad Social, así como el seguimiento de su gestión.
Eliminadoc) La administración y el control del derecho a las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social, excepto las previstas en el artículo 10 bis.
Eliminadod) La gestión y el funcionamiento del Registro de prestaciones sociales públicas.
Antese) La dirección, control y desarrollo de la organización informática.
Ahora1. La ordenación administrativa de la gestión de las prestaciones económicas, excepto las previstas en el artículo 11.
Párrafo añadido
2. El diseño, la implantación y el seguimiento de los procesos de trabajo aplicados al reconocimiento, suspensión y extinción del derecho a las prestaciones del sistema de la Seguridad Social, así como el seguimiento de su gestión.
Párrafo añadido
3. La administración y el control del derecho a las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social, excepto las previstas en el artículo 11.
Párrafo añadido
4. La gestión y el funcionamiento del Registro de prestaciones sociales públicas.
Párrafo añadido
5. El reconocimiento y control de la condición de persona asegurada y beneficiaria, ya sea como titular, familiar o asimilado, a efectos de su cobertura sanitaria.
Párrafo añadido
6. La dirección, control y desarrollo de la organización informática.
Artículo 11▸
AntesArtículo 11. Subdirección General de Estudios Económicos.
AhoraArtículo 11. Subdirección General de Gestión de Incapacidad Temporal y otras Prestaciones a Corto Plazo.
Eliminado1. La realización de estudios económicos en materias propias de la entidad, así como de los análisis e informes económico-financieros, estadísticos y actuariales.
Eliminado2. El seguimiento y análisis de la evolución de las prestaciones económicas gestionadas por la entidad.
Eliminado3. La elaboración de memorias sobre la incidencia económica de proyectos normativos.
Eliminado4. La dirección y control del Fondo Documental (FONDOS).
Antes5. En general, el asesoramiento en materia económico-financiera y la propuesta de alternativas que mejoren la eficacia y eficiencia del gasto.
Ahora1. La ordenación administrativa para la gestión y control de la incapacidad temporal, la maternidad, la protección familiar, las prestaciones del seguro escolar y del Fondo especial de mutualidades de funcionarios de la Seguridad Social, y otras prestaciones a corto plazo del sistema de la Seguridad Social.
Párrafo añadido
2. Se adscribe a esta Subdirección General la Unidad de Gestión de Prestaciones Económicas y Sociales del Síndrome Tóxico, a la que corresponde la gestión y administración de las prestaciones sociales y económicas citadas.
Artículo 12▸
Antes1. La planificación, coordinación y seguimiento de las actividades correspondientes a las unidades médicas provinciales.
Ahora1. La planificación, coordinación y seguimiento de las actividades correspondientes a las unidades médicas provinciales, en atención a las necesidades de la gestión de la Entidad.