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19 abr 2012
Real Decreto 461/2002, de 24 de mayo, por el que se concretan determinados aspectos de la normativa comunitaria en el sector del azúcar
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 14▾
Antese) Que la empresa comunique la decisión del traslado antes del 15 de abril para la producción de azúcar de remolacha y del 20 de junio para la producción de azúcar de caña. En el caso de empresas productoras de azúcar de caña y de remolacha, la comunicación del traslado, entre el 15 de abril y el 20 de junio, no podrá realizarse por una cantidad de azúcar de caña superior a la producida en la campaña. No obstante, para la campaña de comercialización 2010/2011, la comunicación de la decisión del traslado de la producción de azúcar de remolacha por las empresas se realizará antes del 15 de agosto de 2011.
Ahorae) Que la empresa comunique la decisión del traslado antes del 15 de abril para la producción de azúcar de remolacha y del 20 de junio para la producción de azúcar de caña. En el caso de empresas productoras de azúcar de caña y de remolacha, la comunicación del traslado, entre el 15 de abril y el 20 de junio, no podrá realizarse por una cantidad de azúcar de caña superior a la producida en la campaña. No obstante, para la campaña de comercialización 2011/2012, la comunicación de la decisión del traslado de la producción de azúcar de remolacha por las empresas se realizará antes del 15 de agosto de 2012.