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23 jun 2012
Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 69▾
Antes3. Puede acordarse la adquisición centralizada de determinados bienes cuando se estime oportuno, atendida su naturaleza y función, así como disponer su gestión para toda la Comunidad Autónoma.
Ahora3.**(Derogado)**
Artículo 86▾
Antesh) Acordar la adquisición centralizada de determinados bienes cuando lo estime oportuno, según su naturaleza y función.
Ahorah)**(Derogada)**