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30 jun 2012

Ley 19/1976, de 29 de mayo, sobre creación de la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil

Qué ha cambiado (4 artículos)

Nota oficial del BOE
AntesIncluye la corrección de errores publicada en BOE núm. 134, de 4 de junio de 1976.Ref. BOE-A-1976-10830.
AhoraEsta ley pasa a denominarse**"Ley 19/1976, de 29 de mayo, sobre creación de la Orden del Mérito de la Guardia Civil"**, según establece la disposición final 19.1 de la Ley 2/2012, de 29 de junio.Ref. BOE-A-2012-8745.
Artículo primero
AntesSe crea la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil, para premiar las acciones o conductas de extraordinario relieve, que redunden en prestigio del Cuerpo e interés de la Patria.
AhoraSe crea la Orden del Mérito de la Guardia Civil, para premiar las acciones o conductas de extraordinario relieve, que redunden en prestigio del Cuerpo e interés de la Patria.
Artículo segundo
EliminadoLa Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil tendrá cuatro categorías:
Eliminado- Cruz de Oro.
Eliminado- Cruz de Plata.
Eliminado- Cruz con distintivo rojo, y
Eliminado- Cruz con distintivo blanco.
AntesLa Cruz de Oro y la Cruz con distintivo rojo serán pensionadas y se concederán para premiar hechos o servicios realizados con riesgo de la propia vida o demostración de valor personal por parte de sus ejecutantes. La Cruz de Plata y la Cruz con distintivo blanco serán sin pensionar y se concederán por otros servicios o hechos extraordinarios que se determinarán en las normas de desarrollo de la presente Ley.
AhoraLa Orden del Mérito de la Guardia Civil tendrá cinco categorías:
Párrafo añadido
– Gran Cruz.
Párrafo añadido
– Cruz de Oro.
Párrafo añadido
– Cruz de Plata.
Párrafo añadido
– Cruz con distintivo rojo.
Párrafo añadido
– Cruz con distintivo blanco.
Párrafo añadido
La Cruz de Oro y la Cruz con distintivo rojo serán pensionadas y se concederán para premiar hechos o servicios realizados con riesgo de la propia vida o demostración de valor personal por parte de sus ejecutantes. La Gran Cruz, la Cruz de Plata y la Cruz con distintivo blanco serán sin pensionar y se concederán por otros servicios o hechos extraordinarios que se determinarán en las normas de desarrollo de la presente Ley.
Artículo tercero
Párrafo añadido
La Gran Cruz es la máxima categoría dentro de la Orden del Mérito de la Guardia Civil, y se concederá por real decreto del Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro del Interior, y oído el Ministro de Defensa cuando se trate miembros de la Guardia Civil.