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10 oct 2012
Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, de delegación de competencias
Orden · En vigor · Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, de delegación de competencias
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 6▾
Antes11. Se delega en el titular de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local las competencias relativas a la aprobación y compromiso de gastos, así como el reconocimiento y propuesta de pago de las obligaciones económicas que sean imputables a las dotaciones de las Secciones 32 «Otras relaciones financieras con entes territoriales», 33 «Fondos de Compensación Interterritorial» y 36 «Sistemas de financiación de entes territoriales», de los Presupuestos Generales del Estado.
Ahora11. Se delegan en el titular de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local las siguientes competencias:
Párrafo añadido
a) Las competencias relativas a la aprobación y compromiso de gastos, así como el reconocimiento y propuesta de pago de las obligaciones económicas que sean imputables a las dotaciones de las Secciones 32 “Otras relaciones financieras con entes territoriales”, 33 “Fondos de Compensación Interterritorial” y 36 “Sistemas de financiación de entes territoriales”, de los Presupuestos Generales del Estado.
Párrafo añadido
b) Las competencias relativas a la aprobación de las propuestas de pago de los anticipos extrapresupuestarios concedidos a cada Comunidad Autónoma o Ciudad con Estatuto de Autonomía en aplicación del mecanismo financiero regulado en la disposición adicional trigésima sexta de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.
Artículo 21▾
Antesa) La competencia para la aprobación y compromiso de gastos, así como el reconocimiento y propuesta de pago de las obligaciones económicas de importe superior a 450.000 euros y que no se encuentre atribuida o expresamente delegada en favor de otros órganos.
Ahoraa) La competencia para la aprobación de gastos de importe superior a 450.000 euros, que no se encuentre atribuida o expresamente delegada en favor de otros órganos.
Antesa) La competencia para la aprobación y compromiso de gastos, así como el reconocimiento y propuesta de pago de las obligaciones económicas, hasta el límite de 450.000 euros, relativas a los programas de gasto del presupuesto de la Secretaría de Estado no imputables a capítulo I (gastos de personal), excepto al concepto 162 (gastos sociales del personal), que no se encuentre atribuida o expresamente delegada en favor de otros órganos.
Ahoraa) La competencia para la aprobación de gastos hasta el límite de 450.000 euros, así como para el compromiso de gastos y el reconocimiento y propuesta de pago de las obligaciones económicas no imputables a capítulo I (gastos de personal), excepto los correspondientes al concepto 162 (gastos sociales del personal), que no se encuentre atribuida o expresamente delegada en favor de otros órganos.