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24 ene 2013

Orden de 15 de febrero de 1990 por la que se desarrolla el Real Decreto 1668/1989, de 29 de diciembre, por el que se crean las Unidades de Intervención Policial y se establecen las especialidades de su régimen estatutario

Qué ha cambiado (1 artículo)

Cuarto
EliminadoUnidad Central de Intervención Policial, dependiente directamente de la Jefatura de las Unidades de Intervención Policial, que tendrá su base en Madrid y ámbito de actuación en todo el territorio nacional.
EliminadoPrimera Unidad de Intervención Policial, con base en Madrid y ámbito de actuación preferente en las provincias de Madrid, Toledo, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Albacete.
EliminadoSegunda Unidad de Intervención Policial, con base en Barcelona y ámbito de actuación preferente en las provincias de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona.
EliminadoTercera Unidad de Intervención Policial, con base en Valencia y ámbito de actuación preferente en las provincias de Valencia, Castellón de la Plana, Alicante, Murcia e Illes Balears.
EliminadoCuarta Unidad de Intervención Policial, con base en Sevilla y ámbito de actuación preferente en las provincias de Sevilla, Cádiz, Huelva, Córdoba, Badajoz, Cáceres y Ciudad de Ceuta.
EliminadoQuinta Unidad de Intervención Policial, con bases en Granada y Málaga, y ámbito de actuación preferente en las provincias de Granada, Málaga, Almería, Jaén y Ciudad de Melilla.
EliminadoSexta Unidad de Intervención Policial, con bases en Bilbao y Pamplona y ámbito de actuación preferente en las provincias de Vizcaya, Álava, Guipúzcoa y Navarra.
EliminadoSéptima Unidad de Intervención Policial, con base en Valladolid y ámbito de actuación preferente en las provincias de Valladolid, León, Palencia, Burgos, Soria, Ávila, Segovia, Zamora y Salamanca.
EliminadoOctava Unidad de Intervención Policial, con bases en A Coruña y Vigo, y ámbito de actuación preferente en las provincias de A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra.
EliminadoNovena Unidad de Intervención Policial, con base en Oviedo y ámbito de actuación preferente en las provincias de Asturias y Cantabria.
EliminadoDécima Unidad de Intervención Policial, con base en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife, y ámbito de actuación preferente en las provincias de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife.
AntesUndécima Unidad de Intervención Policial, con base en Zaragoza y ámbito de actuación preferente en las provincias de Zaragoza, Huesca, Teruel y La Rioja.
Ahora Unidad Central de Intervención Policial, dependiente directamente de la Jefatura de las Unidades de Intervención Policial, que tendrá su base en Madrid y ámbito de actuación en todo el territorio nacional.
Párrafo añadido
• Primera Unidad de Intervención Policial, con base en Madrid y ámbito de actuación preferente en las provincias de Madrid, Toledo, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Albacete.
Párrafo añadido
• Segunda Unidad de Intervención Policial, con base en Barcelona y ámbito de actuación preferente en las provincias de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona.
Párrafo añadido
• Tercera Unidad de Intervención Policial, con base en Valencia, y ámbito de actuación preferente en las provincias de Valencia, Castellón de la Plana, Alicante, Murcia e Illes Balears.
Párrafo añadido
• Cuarta Unidad de Intervención Policía, con base en Sevilla y ámbito de actuación preferente en las provincias de Sevilla, Cádiz, Huelva, Córdoba, Badajoz, Cáceres y Ciudad de Ceuta.
Párrafo añadido
• Quinta Unidad de Intervención Policía, con bases en Granada y Málaga y ámbito de actuación preferente en las provincias de Granada, Málaga, Almería, Jaén y Ciudad de Melilla.
Párrafo añadido
• Sexta Unidad de Intervención Policía, con bases en Pamplona y Bilbao y ámbito de actuación preferente en las provincias de Vizcaya, Álava, Guipúzcoa y Navarra.
Párrafo añadido
• Séptima Unidad de Intervención Policial, con base en Valladolid y ámbito de actuación preferente en las provincias de Valladolid, León, Palencia, Burgos, Soria, Ávila, Segovia, Zamora y Salamanca.
Párrafo añadido
• Octava Unidad de Intervención Policial, con bases en A Coruña y Vigo, y ámbito de actuación preferente en las provincias de A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra.
Párrafo añadido
• Novena Unidad de Intervención Policial, con base en Oviedo y ámbito de actuación preferente en las provincias de Asturias y Cantabria.
Párrafo añadido
• Décima Unidad de Intervención Policial, con base en las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife y ámbito de actuación preferente en las provincias de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife.
Párrafo añadido
• Undécima Unidad de Intervención Policial, con base en Zaragoza y ámbito de actuación preferente en las provincias de Zaragoza, Huesca, Teruel y La Rioja.