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4 mar 2013
Ley Foral 17/2001, de 12 de julio, reguladora del comercio en Navarra
otro · En vigor · Ley Foral 17/2001, de 12 de julio, reguladora del comercio en Navarra
Qué ha cambiado (3 artículos)
Artículo 16▾
Párrafo añadido
j) Gestión adecuada de los residuos generados por la actividad con medidas dirigidas a su reducción y, en particular, al aprovechamiento de los residuos alimenticios.
Artículo 21▾
Párrafo añadido
e bis) Plan de gestión de los residuos que genere la actividad dirigido a su minimización y correcto tratamiento. En caso de generar residuos alimenticios, plan de aprovechamiento a través de acuerdos con el Banco de Alimentos de Navarra u otros organismos análogos.
Artículo 39 bis▾
Artículo nuevo
Artículo 39 bis. Gestión de residuos.
Conforme a la normativa aplicable en materia de residuos, los comerciantes minoristas deberán adoptar las medidas precisas para minimizar los residuos generados por su actividad y para darles un tratamiento correcto. En particular, en el caso de residuos alimenticios se recomienda la separación de los que resulten aprovechables y entregarlos al Banco de Alimentos de Navarra y otros organismos análogos.