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7 ago 2013
Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre funcionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito de la seguridad privada
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición adicional segunda▾
AntesLa modificación o aprobación de cualquier Norma UNE o UNE-EN, sobre esta materia, de las contenidas en el Anexo I de la presente Orden será suficiente para su aplicación inmediata a las nuevas instalaciones, sin necesidad de ningún acto de incorporación normativa, desde el momento de su publicación por el organismo competente para ello.
AhoraLa modificación o aprobación de cualquier nueva Norma UNE o UNE-EN sobre esta materia, de las contenidas en el anexo I de esta orden, será suficiente para su aplicación inmediata a las reformas de las instalaciones ya existentes y a las nuevas instalaciones, sin necesidad de ningún acto de incorporación normativa, desde el momento de su publicación por el organismo competente para ello.