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3 dic 2013
Orden PRE/3026/2003, de 30 de octubre, por la que se dictan normas de inspección y control para las Direcciones Regionales y Territoriales de Comercio
Qué ha cambiado (1 artículo)
ANEXO▾
Antes| Capítulo 2. Carne y despojos comestibles. | |
| --- | --- |
| 207 | Carnes y despojos comestibles, de aves de la partida 0105, frescos, refrigerados o congelados. |
| Capítulo 3. Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos (excepto peces ornamentales). | |
| Capítulo 4. Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte. | |
| Ex 0407 | Huevos de ave con cáscara (cascarón), frescos, conservados o cocidos. (Excepto huevos para incubar) |
| Capítulo 7. Legumbres y hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios. | |
| 0702.00.00 | Tomates frescos o refrigerados. |
| 703 | Cebollas, chalotes, ajos, puerros y demás hortalizas aliáceas, frescos o refrigerados. |
| 704 | Coles, incluidos los repollos, coliflores, coles rizadas, colinabos y productos comestibles similares del género Brássica, frescos o refrigerados. |
| 705 | Lechugas (Lactuca sativa) y achicorias comprendidas la escarola y la endibia (Chichorium spp.) frescas o refrigeradas. |
| 706 | Zanahorias, nabos, remolachas para ensalada, salsifíes, apionabos, rábanos y raíces comestibles similares, frescos o refrigerados. |
| 707 | Pepinos y pepinillos, frescos o refrigerados. |
| 708 | Hortalizas de vaina, aunque estén desvainadas, frescas o refrigeradas. |
| ex 0709 | Las demás hortalizas, frescas o refrigeradas, excluyendo: las hortalizas de las subpartidas 0709.60.91.00; 0709.60.95.00; 0709.60.99.00; 0709.90.31; 0709.90.39; 0709.90.40, 0709.90.60; y las setas y demás hongos, excepto las cultivadas la subpartida 0709. 59. |
| Capítulo 8. Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías. | |
| ex 0802 | Los demás frutos de cáscara, frescos o secos, incluso sin cáscara o mondados, excepto los de las subpartidas 0802.11.10 (almendras amargas), 0802.12 (almendras sin cáscara), 0802.22 (avellanas sin cáscara), 0802.32 (nueces sin cáscara), las nueces de areca (o de betel) y de cola de la subpartida 0802 90 20 y 0802.90.50 (piñones). |
| 803 | Bananas o plátanos frescos o secos, excepto plátanos no hortaliza secos. |
| 0804.20.10 | Higos frescos. |
| 0804.30.00 | Piñas (ananás). |
| 0804.40.00 | Aguacates (paltas). |
| 0804.50.00 | Guayabas, mangos y mangostanes. |
| 805 | Agrios (cítricos) frescos o secos. |
| 0806.10.10 | Uvas de mesa frescas. |
| ex 0806.20 | Pasas (exclusivamente variedades Sultanina, de Corinto y Moscatel). |
| 807 | Melones, sandias y papayas frescos. |
| 808 | Manzanas, peras y membrillos, frescos. |
| 809 | Albaricoques (damascos, chabacanos), cerezas, melocotones (duraznos), incluidos los griñones y nectarinas, ciruelas y endrinas, frescos. |
| 810 | Las demás frutas u otros frutos, frescos. |
| 0813.50.31 | Mezclas exclusivamente de nueces tropicales de frutos secos de las partidas 0801 y 0802. |
| 0813.50.39 | Mezclas exclusivamente de frutos secos de las partidas 0801 y 0802 de los demás frutos de cáscara. |
| Capítulo 9. Café, té, yerba mate y especias. | |
| ex 0910.99 | Tomillo fresco o refrigerado. |
| Capítulo 12. Semillas y frutos oleaginosos; semillas y frutos diversos; plantas industriales o medicinales; paja y forraje. | |
| Ex 1207.99.15.10 | Semillas de cáñamo, para siembra. |
| 1207.99.91 | Semillas de cáñamo, las demás. |
| ex 1210 | Conos de lúpulo frescos o secos, incluso triturados, molidos o en «pellets», lupulino. |
| ex 1211.90.85 | Albahaca, toronjil, menta, origanum vulgare (orégano), romero, salvia, frescos o refrigerados. |
| 1212.99.30 | Algarrobas. |
| Capítulo 15. Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal. | |
| 1509 | Aceite de oliva y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente. |
| 1510 | Los demás aceites y sus fracciones obtenidos exclusivamente de la aceituna, incluso refinados, pero sin modificar químicamente, y mezclas de estos aceites o fracciones con los aceites o fracciones de la partida 1509. |
| Capítulo 16. Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos. | |
| ex 1604 | Conservas de sardinas, de atún y de bonito. |
| Capítulo 53. Las demás fibras textiles vegetales; hilados de papel y tejidos de hilados de papel. | |
| 5302.10.00 | Cáñamo en bruto o enriado. |
| B. PRODUCTOS DE EXPORTACIÓN DESTINADOS A TERCEROS PAÍSES SOMETIDOS A INSPECCIÓN Y CONTROL DE CALIDAD COMERCIAL (Códigos Nomenclatura Combinada) | |
| Capítulo 3. Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos. | |
| 303 | Pescado congelado (excepto los filetes y demás carne de pescado de la Partida 0304). |
| 0304.21.00 | Filetes de pez espada, congelados. |
| 0304.22.00 | Filetes de austromerluza, congelados. |
| 304.29 | Filetes de los demás pescados, congelados. |
| ex 0306 | Crustáceos, incluso pelados, congelados; crustáceos sin pelar, cocidos con agua o vapor, congelados. |
| ex 0307 | Moluscos, incluso separados de sus valvas, congelados; invertebrados acuáticos (excepto los crustáceos y moluscos), congelados. |
| Capítulo 4. Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte. | |
| 406 | Queso y requesón. |
| 0409.00.00 | Miel natural. |
| ex 0410.00.00 | Jalea real. |
| Capítulo 7. Legumbres y hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios. | |
| 0702.00.00 | Tomates frescos o refrigerados. |
| 703 | Cebollas, chalotes, ajos, puerros y demás hortalizas aliaceas, frescos o refrigerados. |
| 704 | Coles, incluidos los repollos, coliflores, coles rizadas, colinabos y productos comestibles similares del género Brassica, frescos o refrigerados. |
| 705 | Lechugas (Lactuca sativa) y achicorias comprendidas la escarola y la endibia (Chichorium spp.) frescas o refrigeradas. |
| 706 | Zanahorias, nabos, remolachas para ensalada, salsifíes, apionabos, rábanos y raíces comestibles similares, frescos o refrigerados. |
| 707 | Pepinos y pepinillos, frescos o refrigerados. |
| 708 | Hortalizas de vaina, aunque estén desvainadas, frescas o refrigeradas. |
| ex 0709 | Las demás hortalizas, frescas o refrigeradas, excluyendo: las hortalizas de las subpartidas 0709.60.91.00; 0709.60.95.00; 0709.60.99.00; 0709.90.31; 0709.90.39; 0709.90.40, 0709.90.60; y las setas y demás hongos, excepto las cultivadas la subpartida 0709. 59. |
| Capítulo 8. Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías. | |
| ex 0802 | Los demás frutos de cáscara, frescos o secos, incluso sin cáscara o mondados, excepto los de las subpartidas 0802.11.10 (almendras amargas), 0802.12 (almendras sin cáscara), 0802.22 (avellanas sin cáscara), 0802.32 (nueces sin cáscara), las nueces de areca (o de betel) y de cola de la subpartida 0802 90 20 y 0802.90.50 (piñones). |
| 0803.00.11 | Plátanos hortaliza frescos. |
| ex 0803.00.90 | Plátanos hortaliza secos. |
| 0804.20.10 | Higos frescos. |
| 0804.30.00 | Piñas (ananás). |
| 0804.40.00 | Aguacates (paltas). |
| 0804.50.00 | Guayabas, mangos y mangostanes. |
| 805 | Agrios (cítricos) frescos o secos. |
| 0806.10.10 | Uvas de mesa frescas. |
| ex 0806.20 | Pasas (exclusivamente variedades Sultanina, de Corinto y Moscatel). |
| 807 | Melones, sandias y papayas frescos. |
| 808 | Manzanas, peras y membrillos, frescos. |
| 809 | Albaricoques (damascos, chabacanos), cerezas, melocotones (duraznos), incluidos los griñones y nectarinas, ciruelas y endrinas, frescos. |
| 810 | Las demás frutas u otros frutos, frescos. |
| 90.90.90 | Fresas congeladas. |
| 0813.50.31 | Mezclas exclusivamente de nueces tropicales de las partidas 0801 y 0802. |
| 0813.50.39 | Mezclas exclusivamente de frutos secos de las partidas 0801 y 0802 de los demás frutos de cáscara. |
| Capítulo 9. Café, té, yerba mate y especias. | |
| 910.2 | Azafrán. |
| ex 0910 99 | Tomillo fresco o refrigerado. |
| Capítulo 12. Semillas y frutos oleaginosos; semillas y frutos diversos; plantas industriales o medicinales; paja y forraje. | |
| ex 1210 | Conos de lúpulo frescos o secos, incluso triturados, molidos o en «pellets», lupulino. |
| ex 12119085 | Albahaca, toronjil, menta, origanum vulgare (orégano), romero, salvia, frescos o refrigerados. |
| 12129930 | Algarrobas o alfalfa. |
| ex 1212.99.80 | Polen de abejas. |
| Capítulo 15. Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal. | |
| 1509 | Aceite de oliva y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente. |
| 1510 | Los demás aceites y sus fracciones obtenidos exclusivamente de la aceituna, incluso refinados, pero sin modificar químicamente, y mezclas de estos aceites o fracciones con los aceites o fracciones de la partida 1509. |
| Capítulo 16. Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos. | |
| 1604 | Preparaciones y conservas de pescado; caviar y sus sucedáneos preparados con huevas de pescado. |
| 1605 | Crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, preparados o conservados. |
| Capítulo 20. Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas. | |
| 2005.7 | Aceitunas preparadas o conservadas. |
AhoraCapítulo 2. Carne y despojos comestibles.
Párrafo añadido
0207 Carnes y despojos comestibles, de aves de la partida 0105, frescos, refrigerados o congelados.
Párrafo añadido
Capítulo 3. Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos (excepto peces ornamentales).
Párrafo añadido
Capítulo 4. Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte.
Párrafo añadido
ex 0407.21.00.00 Huevos cáscara (no para incubar), frescos, de gallina de la especie*Gallus domesticus*(excepto los huevos SPF, para usos diagnósticos e investigación).
Párrafo añadido
Capítulo 7. Legumbres y hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios.
Párrafo añadido
0702 Tomates frescos o refrigerados.
Párrafo añadido
0703 Cebollas, chalotes, ajos, puerros y demás hortalizas aliáceas, frescos o refrigerados.
Párrafo añadido
0704 Coles, incluidos los repollos, coliflores, coles rizadas, colinabos y productos comestibles similares del género*Brássica,*frescos o refrigerados.
Párrafo añadido
0705 Lechugas*(Lactuca sativa)*y achicorias comprendidas la escarola y la endibia*(Chichorium spp.)*frescas o refrigeradas.
Párrafo añadido
0706 Zanahorias, nabos, remolachas para ensalada, salsifíes, apionabos, rábanos y raíces comestibles similares, frescos o refrigerados.
Párrafo añadido
0707 Pepinos y pepinillos, frescos o refrigerados.
Párrafo añadido
0708 Hortalizas de vaina, aunque estén desvainadas, frescas o refrigeradas.
Párrafo añadido
ex 0709 Las demás hortalizas, frescas o refrigeradas, excepto:
Párrafo añadido
– Las setas y demás hongos no cultivados de la subpartida 0709.59.
Párrafo añadido
– Las hortalizas de las subpartidas 0709.60.91.00, 0709.60.95.00, 0709.60.99 (los demás frutos del género Capsicum o Pimenta), 0709.92 (aceitunas), 0709.99.40.00 (alcaparras), 0709.99.60.00 (maíz dulce).
Párrafo añadido
Capítulo 8. Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías.
Párrafo añadido
ex 0802 Los demás frutos de cáscara, frescos o secos, incluso sin cáscara o mondados excepto los de las subpartidas: 0802.11.10 (almendras amargas), 0802.12 (almendras sin cáscara), 0802.22 (avellanas sin cáscara), 0802.32 (nueces sin cáscara), 0802.51 y 0802.52 (pistachos), 0802.61 y 0802.62 (nueces de macadamia), 0802.70 (nueces de cola), 0802.80 (nueces de areca o de betel), 0802.90.10 (pacanas), 0802.90.50 (piñones), 0802.90.85 (los demás frutos de cáscara).
Párrafo añadido
0803.10.10*«Plantains»*(plátanos hortaliza) frescos.
Párrafo añadido
ex 0803.90.10 Plátanos frescos.
Párrafo añadido
0804.20.10 Higos frescos.
Párrafo añadido
0804.30.00.90 Piñas (ananás) frescas.
Párrafo añadido
0804.40.00.10 Aguacates (palpas) frescos.
Párrafo añadido
ex 0804.50.00 Guayabas, mangos y mangostán frescos.
Párrafo añadido
ex 0805 Agrios (cítricos) frescos.
Párrafo añadido
0806.10.10 Uvas de mesa frescas.
Párrafo añadido
ex 0806.20 Pasas (exclusivamente variedades Sultanina, de Corinto y Moscatel).
Párrafo añadido
0807 Melones, sandías y papayas frescos.
Párrafo añadido
0808 Manzanas, peras y membrillos, frescos.
Párrafo añadido
0809 Albaricoques (damascos, chabacanos), cerezas, melocotones (duraznos), incluidos los griñones y nectarinas, ciruelas y endrinas, frescos.
Párrafo añadido
0810 Las demás frutas u otros frutos, frescos.
Párrafo añadido
Capítulo 9. Café, té, yerba mate y especias.
Párrafo añadido
0910.99.31.00 y 0910.99.33.00 Tomillo fresco o refrigerado.
Párrafo añadido
Capítulo 12. Semillas y frutos oleaginosos; semillas y frutos diversos; plantas industriales o medicinales; paja y forraje.
Párrafo añadido
ex 1207.99.20.10 Semillas de cáñamo, para siembra.
Párrafo añadido
1207.99.91 Semillas de cáñamo, las demás.
Párrafo añadido
1210 Conos de lúpulo frescos o secos, incluso triturados, molidos o en pellets, lupulino.
Párrafo añadido
ex 1211.90.86.20 Albahaca fresca o refrigerada.
Párrafo añadido
ex 1211.90.86.30 Menta fresca o refrigerada.
Párrafo añadido
ex 1211.90.86.90 Toronjil, Origanum vulgare (orégano), romero, salvia, frescos o refrigerados.
Párrafo añadido
ex 1212.92.00.00 Algarrobas enteras.
Párrafo añadido
Capítulo 15. Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal.
Párrafo añadido
1509 Aceite de oliva y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente.
Párrafo añadido
1510 Los demás aceites y sus fracciones obtenidos exclusivamente de la aceituna, incluso refinados, pero sin modificar químicamente, y mezclas de estos aceites o fracciones con los aceites o fracciones de la partida 1509.
Párrafo añadido
Capítulo 16. Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos.
Párrafo añadido
ex 1604 Conservas de sardinas, de atún y de bonito.
Párrafo añadido
Capítulo 53. Las demás fibras textiles vegetales; hilados de papel y tejidos de hilados de papel.
Párrafo añadido
5302.10.00 Cáñamo en bruto o enriado.
Párrafo añadido
B. PRODUCTOS DE EXPORTACIÓN DESTINADOS A TERCEROS PAÍSES SOMETIDOS A INSPECCIÓN Y CONTROL DE CALIDAD COMERCIAL (Códigos Nomenclatura Combinada)
Párrafo añadido
Capítulo 3. Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos.
Párrafo añadido
0303 Pescado congelado (excepto los filetes y demás carne de pescado de la Partida 0304).
Párrafo añadido
ex 0304 Filetes congelados de pescados.
Párrafo añadido
ex 0306 Crustáceos, incluso pelados, congelados; crustáceos sin pelar, cocidos con agua o vapor, congelados.
Párrafo añadido
ex 0307 Moluscos, incluso separados de sus valvas, congelados; invertebrados acuáticos (excepto los crustáceos y moluscos), congelados.
Párrafo añadido
Capítulo 4. Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte.
Párrafo añadido
0409.00.00 Miel natural.
Párrafo añadido
ex 0410.00.00 Jalea real.
Párrafo añadido
Capítulo 7. Legumbres y hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios.
Párrafo añadido
0702 Tomates frescos o refrigerados.
Párrafo añadido
0703 Cebollas, chalotes, ajos, puerros y demás hortalizas aliáceas, frescos o refrigerados.
Párrafo añadido
0704 Coles, incluidos los repollos, coliflores, coles rizadas, colinabos y productos comestibles similares del género Brassica, frescos o refrigerados.
Párrafo añadido
0705 Lechugas*(Lactuca sativa)*y achicorias comprendidas la escarola y la endibia*(Chichorium spp.)*frescas o refrigeradas.
Párrafo añadido
0706 Zanahorias, nabos, remolachas para ensalada, salsifíes, apionabos, rábanos y raíces comestibles similares, frescos o refrigerados.
Párrafo añadido
0707 Pepinos y pepinillos, frescos o refrigerados.
Párrafo añadido
0708 Hortalizas de vaina, aunque estén desvainadas, frescas o refrigeradas.
Párrafo añadido
ex 0709 Las demás hortalizas, frescas o refrigeradas, excepto:
Párrafo añadido
– Las setas y demás hongos no cultivados de la subpartida 0709.59.
Párrafo añadido
– Las hortalizas de las subpartidas 0709.60.91.00, 0709.60.95.00, 0709.60.99 (los demás frutos del género Capsicum o Pimenta), 0709.92 (aceitunas), 0709.99.40.00 (alcaparras), 0709.99.60.00 (maíz dulce).
Párrafo añadido
ex 0713.20.00 Garbanzos (excepto los destinados a siembra).
Párrafo añadido
ex 0713.33 Alubia común Phaseolus vulgaris (excepto destinadas a siembra).
Párrafo añadido
ex 0713.40.00 Lentejas (excepto destinadas a siembra).
Párrafo añadido
Capítulo 8. Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías.
Párrafo añadido
ex 0802 Los demás frutos de cáscara, frescos o secos, incluso sin cáscara o mondados excepto los de las subpartidas: 0802.11.10 (almendras amargas), 0802.12 (almendras sin cáscara), 0802.22 (avellanas sin cáscara), 0802.32 (nueces sin cáscara), 0802.51 y 0802.52 (pistachos), 0802.61 y 0802.62 (nueces de macadamia), 0802.70 (nueces de cola), 0802.80 (nueces de areca o de betel), 0802.90.10 (pacanas), 0802.90.50 (piñones), 0802.90.85 (los demás frutos de cáscara).
Párrafo añadido
0803.10.10*«Plantains»*(plátanos hortaliza) frescos.
Párrafo añadido
0804.20.10 Higos frescos.
Párrafo añadido
0804.30.00.90 Piñas (ananás) frescas.
Párrafo añadido
0804.40.00.10 Aguacates (palpas) frescos.
Párrafo añadido
ex 0804.50.00 Guayabas, mangos y mangostán frescos.
Párrafo añadido
ex 0805 Agrios (cítricos) frescos.
Párrafo añadido
0806.10.10 Uvas de mesa frescas.
Párrafo añadido
ex 0806.20 Pasas (exclusivamente variedades Sultanina, de Corinto y Moscatel).
Párrafo añadido
0807 Melones, sandías y papayas frescos.
Párrafo añadido
0808 Manzanas, peras y membrillos, frescos.
Párrafo añadido
0809 Albaricoques (damascos, chabacanos), cerezas, melocotones (duraznos), incluidos los griñones y nectarinas, ciruelas y endrinas, frescos.
Párrafo añadido
0810 Las demás frutas u otros frutos, frescos.
Párrafo añadido
ex 0811.10 Fresas congeladas.
Párrafo añadido
Capítulo 9. Café, té, yerba mate y especias.
Párrafo añadido
0910.20 Azafrán.
Párrafo añadido
0910.99.31.00 y 0910.99.33.00 Tomillo fresco o refrigerado.
Párrafo añadido
Capítulo 12. Semillas y frutos oleaginosos; semillas y frutos diversos; plantas industriales o medicinales; paja y forraje.
Párrafo añadido
1210 Conos de lúpulo frescos o secos, incluso triturados, molidos o en pellets, lupulino.
Párrafo añadido
ex 1211.90.86.20 Albahaca fresca o refrigerada.
Párrafo añadido
ex 1211.90.86.30 Menta fresca o refrigerada.
Párrafo añadido
ex 1211.90.86.90 Toronjil, Origanum vulgare (orégano), romero, salvia, frescos o refrigerados.
Párrafo añadido
ex 1212.92.00.00 Algarrobas enteras.
Párrafo añadido
1212.99.95.10 Polen de abeja.
Párrafo añadido
Capítulo 15. Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal.
Párrafo añadido
1509 Aceite de oliva y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente.
Párrafo añadido
1510 Los demás aceites y sus fracciones obtenidos exclusivamente de la aceituna, incluso refinados, pero sin modificar químicamente, y mezclas de estos aceites o fracciones con los aceites o fracciones de la partida 1509.
Párrafo añadido
Capítulo 16. Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos.
Párrafo añadido
1604 Preparaciones y conservas de pescado; caviar y sus sucedáneos preparados con huevas de pescado.
Párrafo añadido
1605 Crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, preparados o conservados.
Párrafo añadido
Capítulo 20. Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas.
Párrafo añadido
2005.70 Aceitunas preparadas o conservadas.