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27 dic 2013

Ley 2/1995, de 6 de abril, por la que se crea la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 12
AntesLa Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, dispondrá de un Servicio Jurídico propio al que corresponderá la representación, defensa y asesoramiento del organismo. Dichas funciones serán desempeñadas por Letrados de los servicios jurídicos de la Comunidad Autónoma en la forma y términos establecidos en la normativa propia de éstos.
AhoraLa Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León podrá disponer de un servicio jurídico propio al que corresponderán las funciones de representación, defensa y asesoramiento del organismo, o bien atribuirse dichas funciones, a través del Reglamento de organización y funcionamiento, a la Asesoría Jurídica de la consejería a la que esté adscrita la Gerencia de Servicios Sociales.
Párrafo añadido
Dichas funciones serán desempeñadas por letrados de los servicios jurídicos de la Comunidad Autónoma en la forma y términos establecidos en la Ley 6/2003, de 3 de abril, reguladora de la Asistencia Jurídica de la Comunidad de Castilla y León y demás normativa de aplicación.