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30 dic 2013
Ley Foral 14/2013, de 17 de abril, de Medidas contra el fraude fiscal
otro · En vigor · Ley Foral 14/2013, de 17 de abril, de Medidas contra el fraude fiscal
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición transitoria única▾
Eliminado«1. El régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido no serán de aplicación para ninguna actividad económica (grupo del I.A.E.) que no hubiera podido acogerse a estos regímenes en el periodo impositivo de 2013.
Eliminado2. Además, esos regímenes no serán de aplicación cuando se produzca cualquiera de las siguientes circunstancias:
Eliminadoa) En las actividades recogidas en el artículo 3.1.1.ª a) de la Orden Foral 41/2013, de 7 de febrero, siempre que el volumen de ingresos, determinado con arreglo a lo establecido en dicha Orden Foral, supere los 200.000 euros para el conjunto de las actividades.
Eliminadob) En las demás actividades a que se refiere el artículo 3.1.1.ª b) de la citada Orden Foral, siempre que el volumen de ingresos, calculado igualmente con arreglo a lo establecido en dicha Orden Foral, supere los 100.000 euros para el conjunto de las actividades.
Antesc) En el caso de que el personal empleado, a que se refiere el artículo 3.1.2.ª de la mencionada Orden Foral y calculado con arreglo a lo dispuesto en ella, sea superior a 2.»
Ahora**(Derogada).**