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8 ene 2014

Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 136
Antesd) Los de la iglesia católica y las asociaciones no católicas, legalmente reconocidas, con las que se establezcan los acuerdos de colaboración a que se refiere el artículo 16 de la Constitución Española, y siempre que estén destinados al culto.
Ahorad)**(Anulada).**