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25 ene 2014

Ley 17/2006, de 29 de diciembre, de Medidas urgentes en el sector del transporte interurbano de viajeros por carretera de la Comunidad Autónoma de Aragón

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 3
Eliminado1. Los prestatarios de servicios de transporte público regular permanente de viajeros de uso general, con explotación deficitaria derivada del débil tráfico, del carácter rural o de otras situaciones especiales, de titularidad del Gobierno de Aragón, podrán ejercitar el derecho de preferencia para la prestación de servicios de transporte regular de viajeros de uso especial.
Antes2. Reglamentariamente, se determinará el procedimiento para ejercitar el derecho de preferencia y el momento de hacerlo efectivo.
Ahora**(Derogado).**