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30 ene 2014
Ley 12/2007, de 11 de octubre, de Servicios Sociales
Ley · En vigor · Ley 12/2007, de 11 de octubre, de Servicios Sociales
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición transitoria tercera▾
Eliminado1. El Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales debe ir adaptando su estructura y funcionamiento al proceso de desconcentración y descentralización administrativas de los servicios sociales de la Generalidad a medida que este vaya desarrollándose y que se ejecuten los correspondientes traspasos de establecimientos y servicios.
Antes2. En el marco del proceso de adaptación a que se refiere el apartado 1, el Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales debe devenir el organismo de la Administración de la Generalidad responsable de la gestión de las prestaciones económicas de carácter individual y de la gestión de los convenios de colaboración de la Generalidad con las administraciones locales competentes en materia de servicios sociales.
Ahora**(Derogada).**