Saltar al contenido
← Volver
5 jul 2014

Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 16
Antes1. Ejercer actividades de intermediación laboral, de cualquier clase y ámbito funcional, que tengan por objeto la colocación de trabajadores sin haber obtenido la correspondiente autorización administrativa o continuar actuando en la intermediación y colocación tras la finalización de la autorización, o exigir a los trabajadores precio o contraprestación por los servicios prestados.
Ahora1. Ejercer actividades de intermediación laboral, de cualquier clase y ámbito funcional, que tengan por objeto la colocación de trabajadores sin haber presentado, con carácter previo a la actuación como agencia de colocación, una declaración responsable, incumplir los requisitos establecidos en la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, y su normativa de desarrollo, o exigir a los trabajadores precio o contraprestación por los servicios prestados.
Artículo 18
Eliminadof) La puesta a disposición de trabajadores en ámbitos geográficos para los que no se tiene autorización administrativa de actuación, salvo lo previsto en el apartado 3 del artículo 5 de la Ley por la que se regulan las empresas de trabajo temporal.
Antesa) No actualizar el valor de la garantía financiera, cuando se haya obtenido una autorización administrativa indefinida.
Ahoraa) No actualizar el valor de la garantía financiera, en los términos legalmente previstos.
Eliminadoc) No dedicarse exclusivamente a la actividad constitutiva de la empresa de trabajo temporal, salvo lo previsto en materia de agencias de colocación.
Antesd) La falsedad documental u ocultación de la información facilitada a la autoridad laboral sobre sus actividades.
Ahorac) No dedicarse exclusivamente a las actividades a que se refiere el artículo 1 de la Ley 14/1994, de 1 de junio.
Párrafo añadido
d) La falsedad documental u ocultación en la información facilitada a la autoridad laboral sobre sus actividades.