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15 jul 2014

Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, y el modelo 039 de Comunicación de datos, correspondientes al Régimen especial del Grupo de Entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido

Qué ha cambiado (3 artículos)

Artículo 8
AntesLa presentación de las autoliquidaciones correspondientes a los modelos 322 y 353, así como, en su caso, el ingreso de la cantidad resultante del modelo de autoliquidación 353, se efectuará en los veinte primeros días naturales del mes siguiente a la finalización del correspondiente período de liquidación mensual, excepto la correspondiente al período de liquidación del mes de julio, que se presentará durante el mes de agosto y los veinte primeros días naturales del mes de septiembre inmediatamente posteriores y la correspondiente al último período de liquidación del año, que deberá presentarse durante los treinta primeros días naturales del mes de enero siguiente, junto con la declaración resumen anual que deberán presentar individualmente todas las entidades integrantes del grupo.
AhoraLa presentación de las autoliquidaciones correspondientes a los modelos 322 y 353, así como, en su caso, el ingreso de la cantidad resultante del modelo de autoliquidación 353, se efectuará en los veinte primeros días naturales del mes siguiente a la finalización del correspondiente período de liquidación mensual, excepto la correspondiente al último período de liquidación del año, que deberá presentarse durante los treinta primeros días naturales del mes de enero siguiente, junto con la declaración resumen anual que deberán presentar individualmente todas las entidades integrantes del grupo.
ANEXO I
Antes![Imagen: img/disp/2008/314/20953_007.png](/datos/imagenes/disp/2008/314/20953_007.png)
Ahora![Imagen: img/disp/2014/171/07469_001.png](/datos/imagenes/disp/2014/171/07469_001.png)
Párrafo añadido
![Imagen: img/disp/2014/171/07469_002.png](/datos/imagenes/disp/2014/171/07469_002.png)
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Téngase en cuenta que, según establece la disposición transitoria única de la Orden HAP/1222/2014, de 9 de julioRef. BOE-A-2014-7469., con efectos exclusivamente para la autoliquidación mensual, modelo individual, correspondiente al último periodo de liquidación del ejercicio 2014, se añaden, en el apartado de Identificación del Modelo 322 , los siguientes campos:]
Párrafo añadido
[Nota del BOE: «Opción por la aplicación de la prorrata especial (artículo 103.Dos.1º LIVA).»]
Párrafo añadido
[Nota del BOE: «Revocación de la opción por la aplicación de la prorrata especial (artículo 103.Dos.1.º LIVA).»]
ANEXO II
Antes![Imagen: img/disp/2008/314/20953_008.png](/datos/imagenes/disp/2008/314/20953_008.png)
Ahora![Imagen: img/disp/2014/171/07469_003.png](/datos/imagenes/disp/2014/171/07469_003.png)