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29 jul 2014
Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid
Qué ha cambiado (3 artículos)
Artículo 59▾
Párrafo añadido
d) La utilización de los establecimientos de alojamiento turístico como residencia permanente, o cualquier otra finalidad distinta del uso turístico.
Artículo 60▾
Antesd) Clausura definitiva del establecimiento.
Ahorad) Anulación de inscripción en el Registro de Empresas Turísticas.
Párrafo añadido
e) Clausura definitiva del establecimiento.
Artículo 61▾
Antesd) La clausura definitiva del establecimiento podrá imponerse en el caso de infracciones muy graves.
Ahorad) La anulación de inscripción en el Registro de Empresas Turísticas podrá imponerse en el caso de infracciones graves o muy graves.
Párrafo añadido
e) La clausura definitiva del establecimiento podrá imponerse en el caso de infracciones muy graves.