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2 ago 2014

Real Decreto 947/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 24
Antes3. El curso tendrá una duración mínima de cinco y máxima de nueve meses y el contenido concreto del mismo, así como el plazo máximo para su comienzo y centro u órgano responsable de su evaluación, deberán ser fijados en la respectiva convocatoria.
Ahora3. El curso tendrá una duración máxima de nueve meses y el contenido concreto del mismo, así como el plazo máximo para su comienzo y centro u órgano responsable de su evaluación, deberán ser fijados en la respectiva convocatoria.