← Volver
7 ago 2014
Orden ARM/2094/2010, de 21 de julio, por la que se regula la reserva marina de la isla de La Palma y se definen su delimitación y usos permitidos
Qué ha cambiado (3 artículos)
Artículo 4▾
Antes3. Suscribir y aplicar los criterios de buceo responsable en reservas marinas. La Secretaría General del Mar facilitará a los interesados los criterios a cumplir.
Ahora3. Suscribir en la solicitud y aplicar los criterios de buceo responsable en reservas marinas. La Secretaría General de Pesca facilitará a los interesados los criterios a cumplir; hasta en tanto no se publique en el ‘‘Boletín Oficial del Estado’’ la resolución del Secretario General de Pesca por la que se aprueben dichos criterios esta obligación no será exigible. Dichos criterios se pondrán a disposición del público en la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Disposición transitoria primera▾
Artículo nuevo
Disposición transitoria primera. Embarcaciones dedicadas al buceo de recreo.
Hasta que sean instaladas las boyas de amarre para las embarcaciones de buceo, éstas no fondearán, y realizarán la actividad en la modalidad denominada «a la caribeña»: con la embarcación sin fondear y empezando y terminando la inmersión en la embarcación.
Disposición transitoria seguda▾
Artículo nuevo
Disposición transitoria segunda. Criterios de buceo responsable.
La obligación de suscribir y aplicar los criterios de buceo responsable en reservas marinas señalada en el artículo 4.2. b) 3. no será exigible hasta que no se publique en el ‘‘Boletín Oficial del Estado’’ la resolución del Secretario General de Pesca por la que se aprueban dichos criterios.