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20 feb 2015

Ley 4/1994, de 26 de julio, de Salud de la Región de Murcia

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 34
Antes4. El personal directivo del Servicio Murciano de Salud será designado por el Director Gerente en la forma que estatutariamente se determine, y estará vinculado a aquél por un contrato laboral de alta dirección.
Ahora4. La provisión de puestos de carácter directivo se ajustará a lo establecido en la Ley reguladora del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud.