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22 may 2015
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico
Ley · En vigor · Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 4▾
AntesEl Ministro de Industria, Energía y Turismo, a propuesta del operador del sistema y previo informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, podrá aprobar programas de ejecución anual de las instalaciones para la realización de los planes de desarrollo incluidos en la planificación eléctrica, en los que se podrán contemplar las adaptaciones de carácter técnico necesarias para la ejecución de las mismas.
AhoraEl Ministro de Industria, Energía y Turismo, a propuesta del operador del sistema y previo informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, podrá aprobar las adaptaciones de carácter técnico necesarias para la realización de los planes de desarrollo incluidos en la planificación eléctrica.
Artículo 15▾
Antes3. Excepcionalmente y con carácter temporal, el Gobierno podrá autorizar el sobrecoste derivado de cambios de combustible en las instalaciones de producción de los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, imprescindibles para garantizar el suministro en dichos territorios.
Ahora3. Reglamentariamente por el Gobierno se establecerán los términos en los que, excepcionalmente y con carácter temporal, se podrá autorizar el sobrecoste asumido con cargo a los ingresos del sistema eléctrico derivado de los cambios de combustible en las instalaciones de producción de los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, que no se justifiquen por razones técnicas y que sean imprescindibles para garantizar el suministro en dichos territorios.