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10 oct 2015

Orden PRE/1983/2012, de 14 de septiembre, por la que se declaran de aplicación a la Guardia Civil diversas normas del ordenamiento militar sobre mando, disciplina y régimen interior

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 5
Antes1. En concordancia con la Orden Ministerial 240/2001, de 20 de noviembre, por la que se determina el Calendario de Festividades de las Fuerzas Armadas, en la Guardia Civil se celebrarán las siguientes festividades:
Ahora1. En concordancia con la Orden ministerial 240/2001, de 20 de noviembre, por la que se determina el Calendario de Festividades de las Fuerzas Armadas, modificada por la Orden ministerial 29/2015, de 23 de abril, en la Guardia Civil se celebrarán las siguientes festividades:
Eliminadob) El sábado más próximo al treinta de mayo se celebrará el Día de las Fuerzas Armadas.
Eliminadoc) El veinticuatro de junio, la Onomástica de Su Majestad el Rey.
Antesd) El doce de octubre, la Fiesta Nacional de España y Día de la Hispanidad.
Ahorab) El dos de mayo, fiesta de la Independencia, tendrá el carácter de conmemoración oficial, hábil a todos los efectos.
Párrafo añadido
c) El sábado más próximo al treinta de mayo se celebrará el Día de las Fuerzas Armadas.
Párrafo añadido
d) El diecinueve de junio, aniversario de la proclamación de Su Majestad don Felipe VI como Rey de España, tendrá el carácter de conmemoración oficial, hábil a todos los efectos.
Párrafo añadido
e) El doce de octubre, se celebrará la Fiesta Nacional de España y Día de la Hispanidad.
Párrafo añadido
f) El dos de noviembre, con el carácter de conmemoración militar, hábil a todos los efectos, se celebrará el Día de los Caídos por la Patria, que se realizarán en el marco propio de las distintas Unidades, Centros y Organismos de la Guardia Civil.