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31 oct 2015

Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición final quinta
EliminadoSe modifica la letra e) del apartado 1 del artículo 87 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, que queda redactado del siguiente modo:
Antes«e) Cuando accedan a la condición de Diputado o Senador de las Cortes Generales o miembros de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas si perciben retribuciones periódicas por la realización de la función. Aquellos que pierdan dicha condición por disolución de las correspondientes Cámaras o terminación del mandato de las mismas podrán permanecer en la situación de servicios especiales hasta su nueva constitución.»
Ahora**(Derogada).**