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15 jul 2016

Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local

Qué ha cambiado (1 artículo)

Art 97
AntesRecaído acuerdo de la Corporación, se elevará el expediente completo al órgano competente de la Comunidad Autónoma. El Consejo de Gobierno de ésta deberá resolver sobre su aprobación en el plazo de tres meses.
AhoraRecaído acuerdo de la Corporación, se elevará el expediente completo al órgano competente de la Comunidad Autónoma.**El Consejo de Gobierno de**ésta deberá resolver sobre su aprobación en el plazo de tres meses.