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14 dic 2016
Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y de Espacios Naturales de Extremadura
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 56 quáter▾
Antes4. El plazo para emitir el informe de afección a que se refiere este artículo será de 40 días naturales. De no emitirse el informe en el plazo establecido se entenderá que es positivo.
Ahora4. El plazo para emitir el informe de afección a que se refiere este artículo será de 40 días naturales. De no emitirse el informe de afección en plazo deberá realizarse la evaluación de impacto ambiental del correspondiente plan, programa o proyecto.