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14 dic 2016
Ley 2/2008, de 16 de junio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 169▾
Párrafo añadido
6. La aprobación y modificación de los estatutos de las sociedades públicas, fundaciones públicas, consorcios y demás entidades pertenecientes al sector público autonómico por parte de los respectivos órganos competentes según su forma jurídica, requerirán la previa aprobación o autorización de los mismos por el Consejo de Gobierno.