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29 dic 2016

Orden ARM/2656/2008, de 10 de septiembre, por la que se aprueba la instrucción de planificación hidrológica

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición adicional única
Artículo nuevo
Disposición adicional única. Reservas hidrológicas. Todas las referencias contenidas en la presente orden a las reservas naturales fluviales y su contenido se entenderán hechas a las reservas hidrológicas en los términos señalados por el artículo 244 bis y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.