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30 mar 2017

Ley 20/2000, de 29 de diciembre, de Creación del Instituto Catalán de las Industrias Culturales

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 3
Párrafo añadido
4. El Instituto Catalán de las Empresas Culturales puede impulsar líneas de ayudas que tengan la doble modalidad de aportaciones reintegrables y subvenciones, para el desarrollo de las empresas culturales, con las siguientes características:
Párrafo añadido
a) Las aportaciones reintegrables deben reintegrarse en su totalidad.
Párrafo añadido
b) Sin perjuicio de las causas de reintegro establecidas por la normativa de subvenciones, las subvenciones deben reintegrarse totalmente o parcialmente en función de los rendimientos de explotación o de otros indicadores de éxito del proyecto, en los términos que determinen las bases reguladoras.