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19 abr 2017
Ley 3/2015, de 18 de junio, de vivienda
Ley · En vigor · Ley 3/2015, de 18 de junio, de vivienda
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 18▾
Antes3. En todos los supuestos será necesaria la autorización previa del Consejo de Gobierno.
Ahora3. En todos los supuestos será necesaria la autorización previa del Consejo de Gobierno. En el supuesto de la letra e) del apartado 1, sin embargo, dicha autorización solo será necesaria cuando así lo disponga la legislación de patrimonio de Euskadi.