← Volver
18 nov 2017
Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio, por la que se aprueba la instrucción de contabilidad para la Administración Institucional del Estado
Qué ha cambiado (2 artículos)
Disposición transitoria cuarta▾
AntesEn tanto no se asuma el seguimiento de los objetivos presupuestarios en el propio Sistema de Información Contable a que se refiere el Capítulo I del Título II de la Instrucción que se aprueba por esta Orden, la información a incluir en el «balance de resultados e informe de gestión» que figura en el epígrafe 6 de la nota 23 de la Memoria de las cuentas anuales, según se establece en la regla 27 de la Instrucción que se aprueba por esta Orden, se facilitará por los gestores obteniéndose la misma a través de sus sistemas de gestión.
AhoraEn tanto no se asuma el seguimiento de los objetivos presupuestarios en el propio Sistema de Información Contable a que se refiere el capítulo I del título II de la Instrucción que se aprueba por esta Orden, la información a incluir en el “balance de resultados e informe de gestión” que figura en el epígrafe 8 de la nota 23 de la Memoria de las cuentas anuales, según se establece en la regla 27 de la Instrucción que se aprueba por esta Orden, se facilitará por los gestores obteniéndose la misma a través de sus sistemas de gestión.
Regla 27▾
Antes23.7 Balance de resultados e informe de gestión.
Ahora23.8 Balance de resultados e informe de gestión.
Antes23.8 Antigüedad de los derechos presupuestarios pendientes de cobro.
Ahora23.9 Antigüedad de los derechos presupuestarios pendientes de cobro.
EliminadoCódigo y descripción de la aplicación presupuestaria.
EliminadoImporte pendiente de cobro de los derechos reconocidos en cada uno de los cinco ejercicios anteriores al que se refieren las cuentas anuales.
EliminadoImporte pendiente de cobro de los derechos reconocidos en los restantes ejercicios.
AntesImporte total pendiente de cobro.
Ahora– Código y descripción de la aplicación presupuestaria.
Párrafo añadido
– Importe pendiente de cobro de los derechos reconocidos en cada uno de los cinco ejercicios anteriores al que se refieren las cuentas anuales.
Párrafo añadido
– Importe pendiente de cobro de los derechos reconocidos en los restantes ejercicios.
Párrafo añadido
– Importe total pendiente de cobro.