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29 dic 2017

Ley 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio de Cantabria

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 82
AntesLa imposición de sanciones habrá de sujetarse a las normas del procedimiento administrativo sancionador establecidas en el título IX de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en sus normas complementarias de desarrollo.
Ahora1. La imposición de sanciones habrá de sujetarse a las normas básicas en materia de procedimiento administrativo común.
Párrafo añadido
2. El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa de un procedimiento sancionador en materia de comercio será de un año contado desde la fecha del acuerdo de iniciación.