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26 mar 2018
Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 117▾
Párrafo añadido
Exenciones: Quedan exentos del pago de esta tarifa los jubilados mayores de 65 años con residencia en Castilla-La Mancha.
Artículo 121▾
Párrafo añadido
Exenciones: Quedan exentos del pago de esta tarifa los jubilados mayores de 65 años con residencia en Castilla-La Mancha
AntesTarifa 8. Realización de prueba de aptitud necesaria para obtener por primera vez la licencia de caza. Por prueba: 12,50 euros.
AhoraTarifa 8. Realización de prueba de aptitud en materia de caza. Por prueba: 12,50 euros.
EliminadoTarifa 21. Tasa por expedición de matrícula acreditativa de Coto de Caza y de Zona Colectiva de Caza y su renovación:
Eliminadoa) Cuota para las primeras 1.000 hectáreas (250 a 1.000 hectáreas): 0,36 euros/hectárea.
Eliminadob) Cuota para las siguientes 1.500 hectáreas (1.001 a 2.500 hectáreas): 0,30 euros/hectárea.
Eliminadoc) Cuota para las siguientes 2.500 hectáreas (2.501 a 5.000 hectáreas): 0,24 euros/hectárea.
Eliminadod) Cuota para las siguientes 5.000 hectáreas (5.001 a 10.000 hectáreas): 0,18 euros/hectárea.
Eliminadoe) Cuota para las restantes hectáreas (más de 10.000 hectáreas): 0,12 euros/ hectárea.
EliminadoEn los Cotos de Caza con cuarteles de caza comercial, la tasa se incrementará en tres veces los valores anteriores. El carácter comercial se aplicará a la totalidad de la superficie del acotado, con independencia de que el cuartel se declare en la totalidad o parte de aquel.
AntesBonificaciones: la tasa por expedición de matrícula acreditativa de Zonas Colectivas de Caza y su renovación, tendrá una bonificación del 50 % sobre la cuota final a pagar que le corresponda en función de su superficie.
AhoraTarifa 21. Tasa por expedición de matrícula acreditativa de Coto de Caza y de Zona Colectiva de Caza y su renovación.
Párrafo añadido
En los Cotos de Caza con cuarteles de caza comercial, la tasa se incrementará en tres veces los valores anteriores con un importe mínimo de 510 €. El carácter comercial se aplicará a la totalidad de la superficie del acotado, con independencia de que el cuartel se declare en la totalidad o parte de aquél.
Párrafo añadido
Bonificaciones: la tasa por expedición de matrícula acreditativa de Zonas Colectivas de Caza y su renovación, tendrá una bonificación del 50% sobre la cuota final a pagar que le corresponda en función de su superficie.
Párrafo añadido
Dado el carácter de utilidad pública y finalidad social de la federación castellano manchega de caza, se aplicará un 15% adicional de descuento para las Zonas Colectivas de Caza cuyo titular sea una sociedad o club federado en Castilla-La Mancha.
Párrafo añadido
Así mismo, se aplicará un descuento del 30% en la tasa por expedición de matrícula acreditativa de coto privado de caza cuando este pertenezca a asociación o club federado que reúna los requisitos exigidos para las Zonas Colectivas de caza excepto la superficie y así lo reflejen los estatutos.