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25 jul 2018

Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 28
AntesLa competencia para su concesión corresponderá al órgano o entidad competente de la respectiva comunidad autónoma, salvo en los supuestos en que los compromisos de contratación se adquieran por empresas que tengan sus centros de trabajo en más de una comunidad autónoma o entidades de ámbito estatal, y requieran movilidad geográfica de sus trabajadores, en cuyo caso la competencia será del Servicio Público de Empleo Estatal.
AhoraLa competencia para su concesión corresponderá al órgano o entidad competente de la respectiva comunidad autónoma, salvo en los supuestos en que los compromisos de contratación se adquieran por **empresas que tengan sus centros de trabajo en más de una comunidad autónoma** o entidades de ámbito estatal, y requieran movilidad geográfica de sus trabajadores, en cuyo caso la competencia será del Servicio Público de Empleo Estatal.
Disposición adicional cuarta

El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.