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27 ago 2018

Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 58
Párrafo añadido
3. Las Comunidades de Villa y Tierra, Comunidades de Tierra, Asocios y otras entidades asociativas tradicionales que cumplan lo dispuesto en el artículo 37.5 de esta ley, tendrán derecho a las ayudas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León con el mismo tratamiento que se otorgue a las mancomunidades de interés general, de acuerdo con los presupuestos generales de la Comunidad de Castilla y León de cada año.