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15 oct 2018

Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 38
Eliminadod) Los potenciales impactos ambientales, tomando en consideración el cambio climático.
Antese) La incidencia previsible sobre los planes sectoriales y territoriales concurrentes.
Ahorad) Los potenciales impactos ambientales.
Párrafo añadido
e) La incidencia en materia de cambio climático, según lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético en Andalucía.
Párrafo añadido
f) La incidencia previsible sobre los planes sectoriales y territoriales concurrentes.
Artículo 39
Eliminadoi) Las medidas previstas para prevenir, reducir y, en la medida de lo posible, corregir cualquier efecto negativo relevante en el medio ambiente de la aplicación del plan o programa, tomando en consideración el cambio climático.
Antesj) Una descripción de las medidas previstas para el seguimiento ambiental del plan.
Ahorai) Las medidas previstas para prevenir, reducir y, en la medida de lo posible, corregir cualquier efecto negativo relevante en el medioambiente de la aplicación del plan o programa.
Párrafo añadido
j) La incidencia en materia de cambio climático, según lo dispuesto en la Ley de medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético en Andalucía.
Párrafo añadido
k) Una descripción de las medidas previstas para el seguimiento ambiental del plan.