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9 nov 2018

Real Decreto 9/2015, de 16 de enero, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene en la producción primaria agrícola

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 5
Párrafo añadido
6. A los efectos del cumplimiento de las obligaciones dispuestas en el artículo 4, en el sector de frutas y hortalizas, los agricultores deberán declarar anualmente la totalidad de las superficies que dediquen a frutas y hortalizas, a través de las solicitudes únicas de ayuda de la Política Agrícola Común (PAC), o del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía e Insularidad (POSEI) o a través de los medios electrónicos establecidos por la autoridad competente.