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18 dic 2018

Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito

Qué ha cambiado (3 artículos)

Artículo 45
Párrafo añadido
En particular, el Banco de España podrá exigir la aplicación del colchón de capital anticíclico a todas las exposiciones de la entidad o grupo o a las exposiciones a un determinado sector.
Artículo 69 bis
Artículo nuevo
Artículo 69 bis. Límites a la concentración sectorial. Cuando la exposición agregada de las entidades de crédito o de un subgrupo de estas a un determinado sector de actividad económica alcance niveles que puedan suponer un elemento de riesgo sistémico, el Banco de España podrá exigir a las entidades de crédito que limiten su exposición a dicho sector.
Artículo 69 ter
Artículo nuevo
Artículo 69 ter. Condiciones sobre la concesión de préstamos y otras operaciones. Con el objetivo de evitar el aumento excesivo del riesgo bancario o el endeudamiento excesivo de los agentes económicos, el Banco de España podrá determinar el establecimiento de límites y condiciones sobre la concesión de préstamos, la adquisición de títulos de renta fija y derivados por las entidades de crédito, para operaciones con el sector privado radicado en España.